Bienes Muebles y Bienes Inmuebles

La división entre ambos conceptos pareciera tan básica que este articulo parece redundante. Sin embargo, siempre es bueno repasar cual es la diferencia entre estos bienes. Y es porque, a pesar de que pagan el mismo valor en el impuesto del valor agregado, en tema de exoneraciones las diferencias son tangibles.
Es por eso queremos hablar de capital mobiliario e inmobiliario, más conocido como bienes muebles e inmuebles.

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Bienes Inmuebles

Segun el diccionario usual del Poder Judicial de la Republica de Costa Rica, un bien inmueble, es aquello que está sujeto a la tierra, incluyendo a la superficie de la tierra y su subsuelo.

Por ende, cualquier construcción que este sujeto y no sea transportable excepto por medios extremos es un bien inmueble. Lo partes de este bien que estén sujetas al bien principal, también se consideran un inmueble.

Como ejemplos de un bien inmueble podemos citar desde una pequeña parcela de tierra o un departamento dentro de un edificio, hasta un gigantesco centro comercial o una finca.


Bienes Muebles

Todo lo que no esté considerado dentro de la categoría de inmuebles, se vuelve un bien mueble. Para no desviarnos de los conceptos legales, estos bienes son aquellos que se pueden mover de un lado a otro fácilmente sin que este pierda sus características principales.

Desde automóviles, hasta joyería y ropa se consideran un bien mueble.

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Excensiones en arrendamientos de estos bienes

Ambas figuras pagan impuesto al valor agregado, un 13% según la ley 9635, la ley del Fortalecimiento de las Finanzas Públicas de la Republica de Costa Rica.
Sin embargo, se presenta la figura de exoneración para los dos, solo que bajo diferentes circunstancias. Analizaremos estas a continuación.



Exoneraciones en Bienes Inmuebles

En este caso, cualquier arrendamiento estará exonerado de pagar IVA si cumple los siguientes requisitos:

1- Tienen el objetivo de servir como vivienda, incluyendo el parqueo, garaje o cualquier otro menaje adjunto.

2- La propiedad arrendada está siendo utilizada por una entidad religiosa, indiferente del credo, para sus cultos, misas o reuniones.

3- Este bien inmueble está siendo utilizado por alguna micro o pequeña empresa registrada en el Ministerio de Economía y Comercio (MEIC). En el caso de empresas agrícolas, estas tienen que estar registradas en el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG).

En cualquiera de los tres casos anteriores, si el monto mensual del arrendamiento sobrepasa los 1.5 salarios base, se pierde el derecho de exención y se debe pagar el 13% del IVA.



Exoneraciones en Bienes Muebles

En este caso, cualquier servicio o arrendamiento estará exonerado de pagar IVA si cumple el siguiente requisito.
1- Cualquier transporte utilizado para el transporte colectivo de personas, si el titular del bien son concesionarios. Esto aplica a transporte marítimo y terrestre, como autobuses y ferris.

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